La voluntariedad, su carácter reversible, el pago de gastos y la garantía de los mismos derechos y deberes son algunos de los puntos más destacados de la nueva ley sobre Teletrabajo

La voluntariedad, su carácter reversible, el pago de gastos y la garantía de los mismos derechos y deberes son algunos de los puntos más destacados de la nueva ley sobre Teletrabajo

24/09/2020.- El Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, es la primera normativa sobre el teletrabajo en España que entrará en vigor dentro de 20 días y, una vez convalidado en el Congreso, se tramitará como proyecto de ley, por lo que puede sufrir algunas modificaciones.
 
La  voluntariedad, su carácter reversible, el pago de gastos por parte de la empresa y la garantía de los mismos derechos y deberes que el resto de los trabajadores, son algunos de los puntos más destacados de este Real Decreto que en Confederación de Cuadros y Profesionales hemos recogido en el siguiente documento. 
 
 
 
 

 

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